Gaztelagun en el País Vasco: abierta hasta el 31 de diciembre de 2026
Abierta: Gaztelagun 2026 admite solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2026 (Orden de 5 de junio de 2026, BOPV de 15-jun-2026). Se concede por orden de presentación mientras haya crédito: cuando se acabe, el Gobierno Vasco lo publicará en el BOPV y no se darán más ayudas. A 5-nov-2026 no hemos encontrado publicada esa orden de fin de crédito.
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NextGrant es una empresa privada; no somos la Administración ni actuamos en nombre del Gobierno Vasco. También puedes pedirla tú ante el Gobierno Vasco, en la sede electrónica del Gobierno Vasco o, con cita previa, en las oficinas de Alokabide o de Zuzenean, o en cualquier registro oficial.
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Escribe tu edad, tu alquiler y tus ingresos y te decimos si encajas en los límites básicos. Es orientativo: hay más requisitos (contrato, empadronamiento, no tener vivienda en propiedad…).
Estado de la ayuda al alquiler en el País Vasco
Lo que dicen hoy el boletín oficial y la sede en el País Vasco. Lo revisamos y lo actualizamos con la fecha de abajo.
- Estado
- Abierta Abierta: Gaztelagun 2026 admite solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2026 (Orden de 5 de junio de 2026, BOPV de 15-jun-2026). Se concede por orden de presentación mientras haya crédito: cuando se acabe, el Gobierno Vasco lo publicará en el BOPV y no se darán más ayudas. A 5-nov-2026 no hemos encontrado publicada esa orden de fin de crédito.
- Última convocatoria
- Gaztelagun 2026 (Orden de 5 de junio de 2026, del consejero de Vivienda y Agenda Urbana, por la que se aprueban las bases y se convocan las ayudas al alquiler de vivienda del Programa Gaztelagun para el ejercicio 2026)
- Boletín oficial
- BOPV de 15-jun-2026 (Orden de 5 de junio de 2026)
- Plazo
- hasta el 31 de diciembre de 2026
- Cuantía
- El 60 % del alquiler que pagas cada mes, con un máximo de 300 € al mes por persona o unidad familiar. Esta convocatoria la concede por los meses que quedan hasta el 31 de diciembre de 2026, y se cobra desde el día 1 del mes siguiente a presentar la solicitud completa.
- Presupuesto
- 7.000.000 € (2026: 5.250.000 € · 2027: 1.750.000 €).
- Edad
- Entre 18 y 35 años. La ayuda se acaba al cumplir 36 (en una unidad familiar, basta con que una de las personas los cumpla).
- Alquiler máximo
- Alquiler mensual inicial de la vivienda de hasta 900 € en Bilbao, Donostia / San Sebastián y Vitoria-Gasteiz; 800 € en el área funcional de Bilbao y de Donostia / San Sebastián y en los municipios de más de 10.000 habitantes, y 750 € en el resto. En los municipios declarados zona tensionada el límite puede subir al 95 % del precio medio de la Estadística del Mercado de Alquiler (EMAL). En alquiler de habitación, según Alokabide, el límite por contrato es la mitad del límite del municipio (375 €, 400 € o 450 €).
- Ingresos
- Ingresos brutos anuales de más de 3.000 € y hasta 30.000 € si la pides a título individual; hasta 36.764 € en unidad familiar y hasta 39.184 € en familia numerosa. Cuentan las bases imponibles general y del ahorro del último IRPF vencido o de los 12 meses anteriores, lo que te convenga más.
- Convenio del Plan Estatal 2026-2030
- No participa No participa: el artículo 1.5 del Real Decreto 326/2026 (Plan Estatal 2026-2030) excluye al País Vasco y a Navarra. Gaztelagun es una ayuda propia del Gobierno Vasco y no depende de ese plan. Fuente: Real Decreto 326/2026, de 22 de abril (BOE-A-2026-8872)
- Organismo
- Departamento de Vivienda y Agenda Urbana del Gobierno Vasco (resuelven las Delegaciones Territoriales de Vivienda; gestiona Alokabide, S.A.)Teléfono: 945 56 90 20 (Alokabide, ayudas Gaztelagun y cita previa) · 945 01 90 00 (cita previa en Zuzenean) · 012 (dudas con la tramitación electrónica)
Requisitos de la última convocatoria
Son los de la convocatoria abierta. Cada uno cita su fuente oficial.
- Tener entre 18 y 35 años.Fuente: BOPV de 15-jun-2026 (Orden de 5 de junio de 2026)
- Llevar 6 meses seguidos viviendo (empadronado) en cualquier municipio del País Vasco justo antes de pedirla.Fuente: BOPV de 15-jun-2026 (Orden de 5 de junio de 2026)
- Tener a tu nombre un contrato de alquiler, de subarriendo o de alquiler de habitación de una vivienda libre en el País Vasco, que sea tu domicilio habitual. No vale una vivienda de protección pública ni una de los programas Bizigune o ASAP.Fuente: BOPV de 15-jun-2026 (Orden de 5 de junio de 2026)
- Según Alokabide, el contrato debe durar al menos 1 año (el de habitación, más de 1 año).Fuente: Alokabide: Gaztelagun, preguntas frecuentes (contratos de habitación y subarriendo, cobro)
- Alquiler mensual inicial de la vivienda de hasta 900 € (Bilbao, Donostia / San Sebastián y Vitoria-Gasteiz), 800 € (área funcional de Bilbao y Donostia y municipios de más de 10.000 habitantes) o 750 € (resto). Puede ser más en municipios declarados zona tensionada.Fuente: BOPV de 15-jun-2026 (Orden de 5 de junio de 2026)
- Si alquilas una habitación o subarriendas: como mucho 2 ayudas por vivienda, cada persona o pareja con su propio contrato, y el alquiler de cada contrato no puede pasar de la mitad del límite del municipio (por ejemplo, 375 € donde el límite es 750 €).Fuente: Alokabide: Gaztelagun, preguntas frecuentes (contratos de habitación y subarriendo, cobro)
- Ingresos brutos anuales de más de 3.000 € y hasta 30.000 € (a título individual), 36.764 € (unidad familiar) o 39.184 € (familia numerosa).Fuente: BOPV de 15-jun-2026 (Orden de 5 de junio de 2026)
- Pagar el alquiler por transferencia bancaria.Fuente: BOPV de 15-jun-2026 (Orden de 5 de junio de 2026)
- No ser propietario ni tener el uso de una vivienda (salvo que no puedas usarla por separación, divorcio u otra causa ajena a ti) y no tener parentesco hasta tercer grado con el casero ni con quienes viven con él.Fuente: BOPV de 15-jun-2026 (Orden de 5 de junio de 2026)
- No cobrar la RGI, el Ingreso Mínimo Vital, la PCV, la PEV, ayudas de emergencia social para el alquiler ni otras ayudas públicas al alquiler.Fuente: BOPV de 15-jun-2026 (Orden de 5 de junio de 2026)
- Estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social.Fuente: BOPV de 15-jun-2026 (Orden de 5 de junio de 2026)
Documentos que puedes preparar ya
Con esto delante, la solicitud se presenta completa a la primera.
- Contrato de alquiler de la vivienda o de la habitación (si es subarriendo: el contrato de subarriendo, el consentimiento escrito del casero y el contrato original). Si está inscrito en el registro de contratos del País Vasco, el certificado de inscripción o el resguardo de la fianza
- Justificante bancario de la transferencia del alquiler (al menos el último mes), con ordenante, beneficiario, mes y año, cuentas e importe
- Impreso de alta de terceros relleno y firmado (la cuenta donde se cobra la ayuda)
- Certificado de empadronamiento en la vivienda alquilada y de los 6 meses anteriores en el País Vasco (puede obtenerlo la Administración si no te opones)
- Certificado del Registro de la Propiedad de que no tienes vivienda (puede obtenerlo la Administración si no te opones)
- Declaración de la renta del último año o, si no la hiciste, vida laboral y certificado de retenciones (10T) (puede obtenerlo la Administración si no te opones)
- Si la pides como unidad familiar: libro de familia; si sois familia numerosa, el título
Lo que hay que saber de la ayuda en el País Vasco
Gaztelagun es la ayuda al alquiler para jóvenes del propio Gobierno Vasco. Empezó como programa piloto en 2019 para personas de 23 a 35 años, se hizo permanente con la Orden de 26 de abril de 2022 y en 2026 ha cambiado dos veces: el Decreto 55/2026, de 21 de abril, subió los límites de alquiler y de ingresos y abrió el programa a quienes comparten piso, y la Orden de 5 de junio de 2026 la convoca para este año con 7 millones de euros. El País Vasco, como Navarra, tiene sus propias ayudas de vivienda y aquí no se convoca el Bono Alquiler Joven estatal: Gaztelagun ocupa su lugar.
Los límites de 2026 son más altos que los de 2022: el alquiler máximo en Bilbao, Donostia / San Sebastián y Vitoria-Gasteiz pasa de 800 a 900 € al mes, y los ingresos máximos a título individual pasan de 24.500 a 30.000 € (de 30.000 a 36.764 € en unidad familiar). Hay también un mínimo que no tienen otras ayudas: hay que ingresar más de 3.000 € al año. Y no basta con estar empadronado en el piso: hay que llevar 6 meses seguidos viviendo en el País Vasco antes de pedirla.
La ayuda es el 60 % del alquiler con un tope de 300 € al mes, y empieza a contar el día 1 del mes siguiente a entregar la solicitud completa. Como la convocatoria de 2026 se concede por los meses que quedan hasta el 31 de diciembre, cada mes de retraso es un mes menos de ayuda, y si te piden subsanar algo, la fecha que cuenta pasa a ser la de la subsanación. Por eso conviene presentarla completa a la primera: contrato, justificante de transferencia del último mes y alta de terceros.
Para pisos compartidos hay reglas propias: como mucho 2 ayudas por vivienda, cada persona o pareja con su contrato, y según Alokabide el alquiler de cada habitación no puede pasar de la mitad del límite del municipio. Si hay más de dos solicitudes en la misma vivienda, se resuelven por orden de presentación. La gestiona Alokabide, la sociedad pública de alquiler del Gobierno Vasco: recibe las solicitudes, comprueba los requisitos y paga la ayuda cada mes.
Después de pedirla: cobro, justificación y estado
Aquí es donde más ayudas se pierden. Así funciona en el País Vasco, según su convocatoria.
Cuándo y cómo se cobra
Se cobra cada mes, desde que se notifica la concesión, en la cuenta del alta de terceros.
El detalle en el País Vasco y en otras comunidades →Cómo se justifican los pagos
Antes del 31 de diciembre hay que presentar a Alokabide los justificantes de las transferencias del alquiler desde el mes en que empieza la ayuda.
El detalle en el País Vasco y en otras comunidades →Cómo ver el estado de tu solicitud
La resolución se notifica en un máximo de 3 meses desde la solicitud; si no llega, se entiende denegada (silencio negativo).
El detalle en el País Vasco y en otras comunidades →¿Y sin certificado digital?
Sí hay vía sin certificado: el formulario de la sede se puede rellenar sin identificación electrónica, imprimir y entregar firmado en Alokabide, en Zuzenean o en cualquier registro oficial. También se puede presentar en persona con cita previa en Alokabide o en Zuzenean. Se puede actuar por medio de representante (registro de apoderamientos del Gobierno Vasco).
Cita previa
En persona, solo con cita previa: en Zuzenean (web de cita previa o 945 01 90 00) o en Alokabide (945 56 90 20).
El detalle en el País Vasco y en otras comunidades →Transparencia: quiénes somos
Si nos la encargas, la preparamos y la presentamos por ti.
Somos una empresa privada
Next Grant SL es una empresa privada de tramitación de ayudas: no es el Gobierno Vasco ni ninguna otra administración. También puedes pedirla tú ante el Gobierno Vasco, en la sede electrónica del Gobierno Vasco o, con cita previa, en las oficinas de Alokabide o de Zuzenean, o en cualquier registro oficial.
La tramitamos por ti
Revisamos tu caso, te decimos qué papeles hacen falta y, si nos la encargas, la preparamos y la presentamos por ti. Revisar tu caso no te compromete a nada. Nunca te pediremos tu Cl@ve ni tu certificado digital.
Solicita la ayuda en el País Vasco
Déjanos un contacto y revisamos si cumples los requisitos. Si encajas y nos la encargas, la preparamos y la presentamos por ti.
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Solicitar ayuda
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Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se puede pedir Gaztelagun en 2026?
Hasta el 31 de diciembre de 2026, o antes si se acaba el dinero: se concede por orden de presentación y, cuando se agote el crédito, el Gobierno Vasco lo publicará en el BOPV.
¿Cuánto se cobra?
El 60 % de tu alquiler, con un máximo de 300 € al mes. Por ejemplo, con un alquiler de 400 € cobrarías 240 €; con 600 €, 300 €. La convocatoria de 2026 la concede por los meses que quedan hasta el 31 de diciembre de 2026, y cuenta desde el día 1 del mes siguiente a entregar la solicitud completa: cuanto antes la presentes, más meses cobras.
¿Puedo pedirla si alquilo una habitación?
Sí. La orden de 2026 admite el alquiler de habitaciones y el subarriendo, con un máximo de 2 ayudas por vivienda y un contrato propio para cada persona o pareja. Según Alokabide, el alquiler de cada habitación no puede pasar de la mitad del límite del municipio: 375 € donde el límite es 750 €, 400 € donde es 800 € y 450 € donde es 900 €.
Mi alquiler es de 950 € en Bilbao, ¿puedo pedirla?
En principio no: en Bilbao, Donostia / San Sebastián y Vitoria-Gasteiz el límite es de 900 € al mes. La orden permite subir el límite en los municipios declarados zona tensionada (hasta el 95 % del precio medio de la estadística de alquiler del Gobierno Vasco), así que en esos casos hay que mirar la cifra de tu municipio.
¿Puedo pedirla sin certificado digital?
Sí. Puedes rellenar el formulario en la web sin identificación electrónica, imprimirlo y entregarlo firmado en Alokabide, en Zuzenean o en cualquier registro, o pedir cita previa para presentarla en persona. También puede presentarla un representante en tu nombre.
¿Cuánto tardan en contestar?
Como mucho 3 meses desde la solicitud. Si en ese plazo no te notifican nada, se entiende denegada. Los meses de espera no se pierden: si te la conceden, se pagan desde el día 1 del mes siguiente a la solicitud completa.
¿Es compatible con otras ayudas?
No con la RGI, el Ingreso Mínimo Vital, la PCV, la PEV, las ayudas de emergencia social para el alquiler ni otras ayudas públicas al alquiler. Tampoco si vives en una vivienda de protección pública o de los programas Bizigune o ASAP.
¿Qué hace NextGrant?
NextGrant es una empresa privada de tramitación de ayudas: revisamos si cumples los requisitos, te decimos qué papeles hacen falta y, si nos la encargas, la preparamos y la presentamos por ti. No somos la Administración: también puedes pedirla tú ante el Gobierno Vasco.
Más sobre ayudas al alquiler
- Estado en todas las comunidades
- No he cobrado el bono
- Justificar los pagos
- Estado de la solicitud
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- Ayudas al alquiler en Andalucía
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Fuentes
Actualizado el 5 de noviembre de 2026
- BOPV de 15-jun-2026: Orden de 5 de junio de 2026, del consejero de Vivienda y Agenda Urbana, por la que se aprueban las bases y se convocan las ayudas al alquiler de vivienda del Programa Gaztelagun para el ejercicio 2026 (consultado el 5 de noviembre de 2026)
- Sede electrónica del Gobierno Vasco: Ayudas al alquiler de vivienda del programa Gaztelagun (código 1073601) (consultado el 5 de noviembre de 2026)
- Alokabide: Gaztelagun, preguntas frecuentes (contratos de habitación y subarriendo, cobro) (consultado el 5 de noviembre de 2026)
- Alokabide: Gaztelagun, requisitos (consultado el 5 de noviembre de 2026)
- Alokabide: Gaztelagun, la ayuda (consultado el 5 de noviembre de 2026)
- Alokabide: Gaztelagun, documentación (consultado el 5 de noviembre de 2026)
- Alokabide: contacto, teléfonos y oficinas (consultado el 5 de noviembre de 2026)
- BOPV de 11-may-2026: Decreto 55/2026, de 21 de abril, de modificación urgente de disposiciones reglamentarias en materia de vivienda (capítulo XI, Gaztelagun) (consultado el 5 de noviembre de 2026)
- BOPV: Orden de 26 de abril de 2022, por la que se regulan las ayudas al alquiler de vivienda del Programa Gaztelagun (consultado el 5 de noviembre de 2026)
- Real Decreto 326/2026, de 22 de abril (BOE-A-2026-8872) (consultado el 5 de noviembre de 2026)