Abierta (permanente)

Bono Alquiler Joven en la Comunidad de Madrid: abierto mientras quede crédito

Se puede pedir: la sede de la Comunidad lo da "en plazo: permanente" y se concede a quien cumple mientras quede crédito, así que cuanto antes se presente completa, mejor. Revisamos si cumples y, si nos lo encargas, la preparamos y la presentamos por ti.

Revisamos tu caso antes de empezar, sin compromiso

La ayuda anual del 50 % del alquiler: suele abrir a primeros de noviembre →

NextGrant es una empresa privada; no somos la Administración ni actuamos en nombre de la Comunidad de Madrid. También puedes pedirla tú ante la Comunidad de Madrid, en su sede electrónica o con cita previa en sus oficinas.

Comprueba en 30 segundos si te tocaría

Escribe tu edad, tu alquiler y tus ingresos y te decimos si encajas en los límites básicos. Es orientativo: hay más requisitos (contrato, empadronamiento, no tener vivienda en propiedad…).

Ingresos: los de todas las personas que viven en la vivienda (si alquilas una habitación, solo los tuyos). No guardamos nada de lo que escribas aquí salvo que envíes el formulario de abajo: entonces se adjunta a tu solicitud o a tu aviso.

La que puedes pedir ahora

Convocatoria abierta en la Comunidad de Madrid

  • Edad: De 18 a 35 años.
  • Alquiler máximo: 600 € al mes (habitación: 300 €); 900 € y 450 € en 54 municipios, Madrid capital incluida.
  • Ingresos: 3 × IPREM en la unidad de convivencia (25.200 €; en habitación, solo tus ingresos).

El importe en euros es una estimación con el IPREM de 14 pagas: 600 € al mes × 14 = 8.400 € al año (Ley 31/2022, disposición adicional 90.ª, prorrogada en 2026); la convocatoria fija cómo se calcula.

Orientativo: son los límites de la convocatoria abierta. Fuente: BOCM nº 8, de 10-01-2025 (extracto del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26-12-2024).

Lo que viene (aún sin convocar)

Ayuda joven del Plan Estatal 2026-2030 (máximos)

  • Edad: De 18 a 35 años.
  • Alquiler máximo: 1.000 € al mes por vivienda y 600 € por habitación (500 € y 250 € en municipios o núcleos de 10.000 habitantes o menos).
  • Ingresos: hasta 42.000 € al año (5 × IPREM), y cuentan solo tus ingresos, no los de toda la vivienda.

Orientativo: son los máximos del Plan Estatal (arts. 133 y 135); tu comunidad puede ajustarlos en su convocatoria. Fuente: RD 326/2026.

Ayuda anual al alquiler de la Comunidad de Madrid (50 % del alquiler)

El 50 % de lo que pagas de alquiler durante un año. Es distinta del Bono Alquiler Joven y se convoca una vez al año.

Estado
La de 2026, sin publicar Suele abrir a primeros de noviembre: el 1 de noviembre en 2024 y el 4 de noviembre en 2025, las dos veces hasta el 15 de diciembre. A 5 de noviembre de 2026: no la hemos encontrado en el BOCM (sumarios del 15 de octubre al 5 de noviembre de 2026) ni en la BDNS. Apúntate y te avisamos el día que salga.
Convocatorias anteriores
  • 2025: del 4 de noviembre de 2025 al 15 de diciembre de 2025Fuente: BOCM nº 257, de 28-10-2025 (BDNS 864405 y 864406)
  • 2024: del 1 de noviembre de 2024 al 15 de diciembre de 2024Fuente: Sede de la Comunidad de Madrid (ref. A654)

La de 2025 se convocó con las bases del Plan Estatal 2022-2025 (Orden 3479/2022). El nuevo Plan 2026-2030 aún no tiene convenio firmado con Madrid, así que no sabemos si la de 2026 saldrá en las mismas fechas.

Requisitos de la convocatoria anterior (2025)

Son los de la última convocatoria, citados como tales: la de 2026 puede cambiarlos.

  • Jóvenes de 35 años o menos (y nadie en la vivienda mayor de 35). Sin límite de edad para familias numerosas, familias monoparentales, víctimas de violencia de género o de terrorismo, hogares con una persona con discapacidad, hogares en los que todos están en paro y sin prestación, o en los que todos tienen 65 años o más.Fuente: BOCM 28-10-2025: extracto de la Orden de 22-10-2025, ayudas al alquiler y a jóvenes 2025 (BDNS 864405 y 864406)
  • Alquiler de hasta 600 € al mes (300 € si es una habitación); hasta 900 € y 450 € para familias numerosas y en los municipios que señala la convocatoria.Fuente: BOCM 28-10-2025: extracto de la Orden de 22-10-2025, ayudas al alquiler y a jóvenes 2025 (BDNS 864405 y 864406)
  • Ingresos de la unidad de convivencia de hasta 3 veces el IPREM (4 o 5 veces en familias numerosas y con discapacidad) y de al menos 0,5 veces el IPREM, salvo algunos colectivos.Fuente: Bases reguladoras: Orden 3479/2022, BOCM nº 242, 11-10-2022
  • Se reparte por puntos (concurrencia competitiva), no por orden de llegada: entra antes quien tiene menos ingresos en relación con su límite.Fuente: BOCM 28-10-2025: extracto de la Orden de 22-10-2025, ayudas al alquiler y a jóvenes 2025 (BDNS 864405 y 864406)
  • Presupuesto de la de 2025: 21,73 M€ (11,43 M€ para el programa general y 10,3 M€ para jóvenes).Fuente: BOCM 28-10-2025: extracto de la Orden de 22-10-2025, ayudas al alquiler y a jóvenes 2025 (BDNS 864405 y 864406)

Avísame cuando salga

Estado de la ayuda al alquiler en la Comunidad de Madrid

Lo que dicen hoy el boletín oficial y la sede en la Comunidad de Madrid. Lo revisamos y lo actualizamos con la fecha de abajo.

Estado
Abierta (permanente) Abierto: la sede de la Comunidad de Madrid da el Bono Alquiler Joven 2024 (31,8 M€, concesión directa) como "En plazo: permanente" y la BDNS 805618 como abierta, sin fecha de fin (consultado el 5-nov-2026). Se aprueban las solicitudes que cumplen mientras quede crédito; si se previera que se agota, la Comunidad tiene que publicarlo en el BOCM con una orden, y a 5-nov-2026 no se ha publicado. La ayuda general al alquiler y a jóvenes de 2025 cerró el 15-dic-2025 y aún se está tramitando. El convenio del Plan Estatal 2026-2030 no está firmado.
Última convocatoria
Bono Alquiler Joven, convocatoria 2024 (concesión directa)
Boletín oficial
BOCM nº 8, de 10-01-2025 (extracto del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26-12-2024)
BDNS
Convocatoria 805618
Plazo
desde el 3 de febrero de 2025, sin fecha de cierre publicada
Cuantía
Hasta 250 € al mes, con el límite de la renta, durante un máximo de 24 mensualidades (hasta 6.000 €).
Presupuesto
31.800.000 € (redistribuidos el 29-jul-2026 en 13,65 M€ para 2025, 16,57 M€ para 2026 y 1,57 M€ para 2027 por el volumen de solicitudes).
Edad
De 18 a 35 años, ambos incluidos, en la fecha de la solicitud.
Alquiler máximo
Alquiler de hasta 600 €/mes (300 € si es habitación); hasta 900 € (450 € habitación) en 54 municipios, entre ellos Madrid capital, Alcalá, Getafe, Leganés, Móstoles o Fuenlabrada.
Ingresos
Ingresos anuales de la unidad de convivencia de hasta 3 veces el IPREM (en habitación cuentan solo los de la persona solicitante) y una fuente regular de ingresos.
Convenio del Plan Estatal 2026-2030
Sin firmar No consta convenio firmado en el BOE a 28-oct-2026. El 8-jul-2026 el Ministerio remitió a las comunidades la documentación para pagar la primera anualidad (800 M€ en total) y el pago depende de que la firmen. Madrid votó a favor del reparto en la Conferencia Sectorial (nota del Ministerio, 21-05-2026), pero recurrió el RD 326/2026 ante el Tribunal Supremo (nota de la Comunidad de Madrid, 23-06-2026). Fuente: La Moncloa, 08-07-2026: documentación para pagar los primeros 800 M€ del Plan Estatal 2026-2030
Organismo
Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras (Dirección General de Ayudas y Acceso a la Vivienda)Teléfono: 012 (Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid)

Requisitos de la última convocatoria

Son los de la convocatoria abierta. Cada uno cita su fuente oficial.

  • Tener entre 18 y 35 años (ambos incluidos) el día de la solicitud.Fuente: BOCM nº 8, de 10-01-2025 (extracto del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26-12-2024)
  • Ser titular de un contrato de alquiler de vivienda o de habitación (o de cesión de uso), o estar en condiciones de firmarlo, en la Comunidad de Madrid y como residencia habitual.Fuente: BOCM nº 8, de 10-01-2025 (extracto del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26-12-2024)
  • Renta de hasta 600 €/mes por vivienda o 300 €/mes por habitación; hasta 900 € y 450 € en los 54 municipios del anexo (Madrid capital incluida).Fuente: Sede de la Comunidad de Madrid: Bono Alquiler Joven (2024), ficha A688
  • Ingresos de la unidad de convivencia de hasta 3 veces el IPREM y una fuente regular de ingresos.Fuente: Sede de la Comunidad de Madrid: Bono Alquiler Joven (2024), ficha A688
  • Ni tú ni quien vive contigo podéis tener una vivienda en propiedad o usufructo en España (con excepciones por herencia parcial, separación o divorcio).Fuente: Sede de la Comunidad de Madrid: Bono Alquiler Joven (2024), ficha A688
  • No tener parentesco de primer o segundo grado con el casero ni ser socio de la empresa que alquila.Fuente: Sede de la Comunidad de Madrid: Bono Alquiler Joven (2024), ficha A688
  • Nacionalidad española o de la UE, o residencia legal en España.Fuente: Sede de la Comunidad de Madrid: Bono Alquiler Joven (2024), ficha A688

Documentos que puedes preparar ya

Con esto delante, la solicitud se presenta completa a la primera.

  • DNI o NIE (y permiso de residencia si eres extranjero no comunitario)
  • Contrato de alquiler de la vivienda o de la habitación
  • Volante de empadronamiento colectivo con la fecha de alta de cada persona en la vivienda
  • Justificantes de pago del alquiler por transferencia o recibo bancario, con el casero como destinatario y el mes en el concepto
  • Certificado de vida laboral
  • Declaración de la renta del último año (o certificado de imputaciones de la Agencia Tributaria si no declaras)
  • Nota de localización del Registro de la Propiedad de los mayores de 18 años empadronados
  • Número de cuenta bancaria a tu nombre

Lo que hay que saber de la ayuda en la Comunidad de Madrid

En la Comunidad de Madrid conviven dos ayudas distintas que se suelen confundir. El Bono Alquiler Joven (250 € al mes durante dos años) se concede de forma directa, por orden de cumplimiento, mientras haya crédito. La ayuda al alquiler de vivienda y a personas jóvenes, en cambio, se convoca una vez al año (noviembre-diciembre), cubre el 50 % de la renta del año natural y se resuelve por concurrencia competitiva: gana quien tiene menos ingresos en relación con su límite.

El bono de la convocatoria 2024 tiene 31,8 M€ y admite solicitudes desde el 3 de febrero de 2025. Su resolución va por fases: la lista definitiva de la tercera fase de beneficiarios se publicó en el BOCM el 22 de septiembre de 2026, más de año y medio después de abrir, junto a un primer listado de excluidos y un segundo de requeridos a subsanar. El 29 de julio de 2026 la Consejería tuvo que redistribuir el crédito hasta 2027 por el volumen de solicitudes.

La ayuda general tarda todavía más en pagarse. La convocatoria de 2023 cerró el 15 de diciembre de 2023; la lista provisional salió en julio de 2024, la definitiva en noviembre de 2024, el requerimiento de documentación para cobrar en enero de 2025 y las órdenes de pérdida del derecho al cobro en mayo de 2026. La de 2024 siguió el mismo patrón: plazo hasta el 15 de diciembre de 2024, provisional en julio de 2025, definitiva en diciembre de 2025 y requeridos al cobro en mayo de 2026.

La convocatoria de 2025 (21,73 M€: 11,43 M€ para el programa general y 10,3 M€ para jóvenes, ampliables) estuvo abierta del 4 de noviembre al 15 de diciembre de 2025 y se imputa al presupuesto de 2026. Cubría el 50 % de la renta de 2025 para menores de 35 años y para sectores preferentes (familias numerosas, monoparentales, mayores de 65, desempleados sin prestación, entre otros) con ingresos de hasta 3 veces el IPREM y un alquiler de hasta 600 € (900 € en 54 municipios y para familias numerosas).

Lo que más hace perder la ayuda en Madrid no es no cumplir los requisitos, sino la documentación de después: justificantes de pago a una cuenta que no es la del casero, recibos en efectivo sin firmar, empadronamientos sin la fecha de alta o plazos de 10-15 días hábiles que se publican en el BOCM y no se notifican uno a uno.

Después de pedirla: cobro, justificación y estado

Aquí es donde más ayudas se pierden. Así funciona en la Comunidad de Madrid, según su convocatoria.

Cuándo y cómo se cobra

Bono Alquiler Joven: no se cobra cada mes. El primer pago incluye las mensualidades de 2024 y 2025 justificadas con los recibos aportados; después los pagos son anuales, tras presentar del 1 al 15 de diciembre de cada año los justificantes de esa anualidad (Orden de 10-sep-2026, BOCM 22-sep-2026).

El detalle en la Comunidad de Madrid y en otras comunidades →

Cómo se justifican los pagos

Hay que demostrar que has pagado cada mes al casero que figura en el contrato: justificante de transferencia o ingreso bancario con el concepto del alquiler (si pagas en otra cuenta, acreditar que es del casero).

El detalle en la Comunidad de Madrid y en otras comunidades →

Cómo ver el estado de tu solicitud

En Mis Gestiones de Cuenta Digital (Comunidad de Madrid) se ve el estado, los documentos enviados y las comunicaciones.

El detalle en la Comunidad de Madrid y en otras comunidades →

¿Y sin certificado digital?

Sí se puede: se rellena el formulario en línea, se descarga el PDF, se firma y se presenta con los documentos en una oficina de registro de la Comunidad o por cualquier vía del art. 16.4 de la Ley 39/2015 (registro de otra administración, oficina de Correos). En algunas oficinas hace falta cita previa. También puede presentarla un representante autorizado (Anexo II).

Cita previa

La cita para las oficinas de registro y atención al ciudadano se pide en la web de cita previa de la Comunidad de Madrid o en el 012 (también hay chat y WhatsApp del 012).

El detalle en la Comunidad de Madrid y en otras comunidades →

Otras ayudas al alquiler en la Comunidad de Madrid

  • Ayudas al alquiler de vivienda y a jóvenes 2025 (Plan Estatal 2022-2025; 21,73 M€: 11,43 M€ alquiler general y 10,3 M€ jóvenes). 50 % de la renta, año 2025. BDNS 864405 y 864406.
    Cerrada: plazo del 4-nov al 15-dic-2025. En tramitación; a 28-oct-2026 no hemos encontrado la lista provisional.Fuente: BOCM 28-10-2025: extracto de la Orden de 22-10-2025, ayudas al alquiler y a jóvenes 2025 (BDNS 864405 y 864406)
  • Ayudas al alquiler de vivienda para jóvenes y sectores de escasos recursos 2024 (ref. A654)
    Cerrada (plazo 1-nov a 15-dic-2024). En fase de cobro: lista de requeridos al cobro el 19-may-2026, documentación hasta el 9-jun-2026.Fuente: Sede: Ayudas al alquiler de vivienda para jóvenes y sectores de escasos recursos (2024), calendario
  • Ayudas urgentes al alquiler por los incendios de la Sierra Oeste (100 % de la renta, hasta 1.500 €/mes y 12 meses; solo para quien perdió el uso de su vivienda por los incendios). BDNS 927720.
    Abierta hasta el 15-nov-2026 (colectivo muy concreto).Fuente: BOCM 04-09-2026: ayudas urgentes al alquiler por los incendios de la Sierra Oeste (BDNS 927720)
  • Ayuntamiento de Madrid: primera línea municipal de ayudas al alquiler para jóvenes de 18 a 35 años (400.000 €, hasta el 50 % del alquiler)
    Por confirmar: solo la hemos visto en prensa local (mayo de 2026), sin bases ni plazo oficiales.Fuente: ver

Transparencia: quiénes somos

Si nos la encargas, la preparamos y la presentamos por ti.

Somos una empresa privada

Next Grant SL es una empresa privada de tramitación de ayudas: no es la Comunidad de Madrid ni ninguna otra administración. También puedes pedirla tú ante la Comunidad de Madrid, en su sede electrónica o con cita previa en sus oficinas.

La tramitamos por ti

Revisamos tu caso, te decimos qué papeles hacen falta y, si nos la encargas, la preparamos y la presentamos por ti. Revisar tu caso no te compromete a nada. Nunca te pediremos tu Cl@ve ni tu certificado digital.

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Preguntas frecuentes

¿Está abierto el Bono Alquiler Joven en Madrid?

La convocatoria de 2024 (31,8 M€) abrió el 3 de febrero de 2025 en concesión directa, sin fecha de cierre: se conceden las solicitudes que cumplen mientras haya crédito. A 5 de noviembre de 2026 la sede la da "en plazo: permanente" y no se ha publicado en el BOCM la orden que declararía agotado el crédito. El nuevo bono del Plan Estatal 2026-2030 aún no está convocado en Madrid.

¿Cuánto es el Bono Alquiler Joven en Madrid?

Hasta 250 € al mes, sin superar lo que pagas de alquiler, durante un máximo de 24 meses (hasta 6.000 €).

¿Cuál es el alquiler máximo para pedirlo?

600 € al mes por un piso o 300 € por una habitación. En 54 municipios, entre ellos Madrid capital, Getafe, Leganés, Móstoles, Alcalá o Fuenlabrada, el límite sube a 900 € y 450 €.

Me lo concedieron y no he cobrado, ¿por qué?

Porque en Madrid el bono se paga sobre recibos ya justificados: primero entran los meses de 2024 y 2025 que aportaste, y después hay un pago al año tras presentar los justificantes del 1 al 15 de diciembre. Si te piden documentación (listas de requeridos al cobro) y no la aportas en plazo, pierdes esas mensualidades.

¿Cómo justifico los pagos del alquiler?

Con el justificante de la transferencia o ingreso al casero del contrato, con el concepto del alquiler. Si pagaste en efectivo, con un recibo firmado por el casero indicando el mes. Para el bono, se presentan del 1 al 15 de diciembre de cada año.

¿Puedo pedirlo sin certificado digital ni Cl@ve?

Sí. Rellenas el formulario en línea, lo descargas en PDF, lo firmas y lo presentas con los documentos en una oficina de registro (algunas piden cita previa) o en Correos. También puede presentarlo un representante con tu autorización.

¿Dónde veo cómo va mi solicitud?

En Mis Gestiones de Cuenta Digital de la Comunidad de Madrid y en las listas que se publican en la sede y en el BOCM. Puedes apuntarte a las alertas por SMS o correo de la convocatoria.

¿Es compatible con la ayuda general al alquiler de la Comunidad?

La ayuda a jóvenes de la convocatoria 2025 era compatible con el Bono Alquiler Joven, con una cuantía reducida (hasta el 40 % de la diferencia entre la renta y los 250 € del bono) y el tope de que entre las dos no superen el 75 % del alquiler.

¿Qué hace NextGrant?

NextGrant es una empresa privada de tramitación de ayudas: revisamos si cumples los requisitos, te decimos qué papeles hacen falta y, si nos la encargas, la preparamos y la presentamos por ti. No somos la Administración: también puedes pedirla tú ante la Comunidad de Madrid.

Fuentes

Actualizado el 5 de noviembre de 2026

  1. BOCM nº 8, 10-01-2025: extracto del Acuerdo de 26-12-2024 (Bono Alquiler Joven 2024, BDNS 805618) (consultado el 5 de noviembre de 2026)
  2. Sede de la Comunidad de Madrid: Bono Alquiler Joven (2024), ficha A688 (consultado el 28 de octubre de 2026)
  3. BOCM nº 226, 22-09-2026: Orden de 10-09-2026 que reconoce beneficiarios del Bono Alquiler Joven (calendario de pagos) (consultado el 28 de octubre de 2026)
  4. BOCM nº 226, 22-09-2026: primer listado definitivo de excluidos del Bono Alquiler Joven (consultado el 28 de octubre de 2026)
  5. BDNS 805618: Bono Alquiler Joven Comunidad de Madrid, convocatoria 2024 (incluye la Orden de reajuste de anualidades de 29-07-2026) (consultado el 5 de noviembre de 2026)
  6. BOCM 28-10-2025: extracto de la Orden de 22-10-2025, ayudas al alquiler y a jóvenes 2025 (BDNS 864405 y 864406) (consultado el 28 de octubre de 2026)
  7. Bases reguladoras: Orden 3479/2022, BOCM nº 242, 11-10-2022 (consultado el 28 de octubre de 2026)
  8. Sede: Ayudas al alquiler de vivienda para jóvenes y sectores de escasos recursos (2024), calendario (consultado el 28 de octubre de 2026)
  9. Sede: Programas de ayuda al alquiler y a personas jóvenes (2023), calendario (consultado el 28 de octubre de 2026)
  10. BOCM 04-09-2026: ayudas urgentes al alquiler por los incendios de la Sierra Oeste (BDNS 927720) (consultado el 28 de octubre de 2026)
  11. La Moncloa, 08-07-2026: documentación para pagar los primeros 800 M€ del Plan Estatal 2026-2030 (consultado el 28 de octubre de 2026)
  12. Prensa (Vivir Ediciones, 22-05-2026): primera línea municipal de ayudas al alquiler para jóvenes del Ayuntamiento de Madrid (consultado el 28 de octubre de 2026)
  13. Comunidad de Madrid: recurso ante el Tribunal Supremo contra el Plan Estatal de Vivienda (23-06-2026) (consultado el 28 de octubre de 2026)
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